Re emergencia étnica. Experiencia desde la comunidad Charrúa Etriek.
Introducción
Escribir sobre el proceso de asunción de la identidad nativa, surge
esencialmente por necesidad propia; como un recurso para el análisis y la
reflexión. Su finalidad no es académica.
Los temas y el modo de abordaje, es desde la memoria de la experiencia
personal y comunitaria -Charrúa Etriek- (con corroboración y ampliación de la
información mediante búsqueda en la red de internet, y consultas personales); o
sea, de circunstancias en las que hemos estado involucrados, hemos asistido o
se nos ha participado por parte de los protagonistas; por lo que tampoco hay
una pretensión de exhaustividad en cuanto a contener todo lo acontecido -si no
de exponer desde esa memoria de la experiencia-.
Una gran ayuda para la producción de este texto, ha sido el interés de
muchas personas que en diferentes instancias nos han expresado sus inquietudes
sobre muchos de los temas desarrollados.
La publicación, procura poner a disposición las posibles respuestas a
tales inquietudes, y la posibilidad del surgimiento de nuevas preguntas.
Aclaración: no es el relato de la experiencia
de la Comunidad Charrúa Etriek –que será tema de un texto específico-, sino del
proceso general visto o planteado desde
cómo fue percibido desde ella.
Abya Yala
El inicio de la invasión europea a nuestro continente –Abya Yala-, trajo
implícito en su desmedida avaricia (material o de poder), el saqueo, la
crueldad, la discriminación, el sometimiento y la muerte (sus propiciadores vinieron
con intereses que distaban mucho de los intereses de los pueblos que ocupaban
el territorio desde hace milenios, pues no se trató de luchas por la
supervivencia y conflictos de convivencia –o mera expansión de dominio
territorial, que ya era llevada a cabo por los diversos imperios autóctonos-).
Esta situación siguió durante la conquista y la colonia; y, desgraciadamente,
tanto en la época de las luchas por la independencia, de las conformaciones de
los estados y una vez afianzados; no hubo cambios profundos al respecto – más
allá de diferentes y diversas motivaciones, o distinta intensidad-.
Tal realidad trajo aparejada para
los pueblos de Abya Yala, el desmembramiento de la vida comunitaria,
ocultamiento y negación de la identidad (tanto estratégica como inconsciente; a
los fines de evitar o menguar males –persecución y muerte, o discriminación/segregación
y sometimiento-); y con el tiempo, el desconocimiento de la ascendencia nativa
y la pérdida, disminución u olvido de rasgos identitarios (o al menos su
origen).
El panorama fue dispar en los diferentes pueblos, regiones y estados
nacionales o confederaciones de estados, o provincias y departamentos, etc. Los
grados de perjuicios y sus efectos hacia el interior de cada pueblo, y en ellos
de cada comunidad, cada clan, familia e
individuo; han sido diferentes. La disgregación y, la conservación y conciencia
cultural nativa, ha afectado distinto en las diversas realidades; pero en
ningún caso se ha salido ileso de las consecuencias de la invasión y lo
acontecido luego.
Por supuesto que los pueblos originarios no fueron pasivos, y durante los
más de 500 años hubo resistencias de todo tipo –culturales y bélicas, claro-,
que tampoco fueron homogéneas, y la graduación de éxitos y fracasos se dieron
de manera muy diversa.
Argentina
En Argentina, desde la vuelta a la democracia tras la última dictadura
cívico militar eclesiástica; se inició un proceso de reivindicaciones y logros
institucionales que repercutió favorablemente en la concientización étnica, a
través de cuestionamientos sobre la identidad y discursos colonialistas
naturalizados (“la Europa de América”, el “crisol de razas”, “somos un país de
inmigrantes”, “bajamos todos de los barcos”, etc.). Está repercusión en la
consciencia étnica, se fue dando paulatinamente y primeramente hacia el
interior de los pueblos originarios, por parte que quienes reconocían tales
rasgos –culturales o fisonómicos-, en su identidad.
Institucionalmente
se pueden destacar la Ley nacional nº 23302 sobre Política Indígena
y apoyo a las Comunidades Aborígenes promulgada el 8 de noviembre de 1985 con
la creación para su aplicación del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), y en 1994, la nueva Constitución
Nacional en el Art. 75 inc, 17 establece
que “corresponde al Congreso: Reconocer la
preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos.”
Desde lo social popular y mediático, luego de que durante la guerra de
Malvinas (1982), se prohibiera difundir música en inglés; la música de artistas
argentinos empezó a cobrar relevancia en las preferencias del público. Esto
incidió en la visibilidad de la temática indígena que algunxs artistas
proponían en su obra. También la amplia difusión dada a los festejos de V
Centenario del “descubrimiento”, comenzados más de un año antes de la fecha en
1992; favoreció a que se instale socialmente el cuestionamiento a los conceptos
colonialistas promovidos desde ese festejo (e impuestos durante los 500 años),
lo que fue reflejado en nuevas producciones de artistas populares,
produciéndose una sana retroalimentación, e influyendo en el proceso de concientización
de la identidad nativa –con especial incidencia en aquellos pueblos o
comunidades donde la negación u olvido de la identidad ancestral, había tenido
consecuencias más profundas; aunque no exclusivamente en ellas-.
Villaguay/Entre Ríos.
La situación en Villaguay, al menos desde la segunda mitad del s.XX, en muchos sentidos era
similar al resto de Entre Ríos –seguramente al de muchos lugares de Argentina y
Abya Yala-: Personas interesadas en la investigación sobre pueblos originarios
locales - muchas por curiosidad e inquietudes particulares (vocacionales,
amateur), muchas menos de carácter científico (en Villaguay eran casi nulas
este tipo de investigaciones)-; familias en que aun se mantenía –en secreto-,
el conocimiento de la ascendencia nativa; y muchas –realmente muchas-, personas
portadoras de rasgos tanto fisonómicos como culturales, de los pueblos
originarios autóctonos que desconocían tal ascendencia. La idea instalada y
casi incuestionable, era que no había “indios”, o indígenas, o aborígenes, o
pueblos originarios.
Rosa Albariño
Hacía fines del s.XX, hubo una persona entre esas interesadas por
curiosidad e inquietudes particulares, que seguramente reforzada por su
ocupación y perfil (docente, poeta, artista plástica y activa ecologista), fue fundamental en la visibilidad del tema y
del cuestionamiento a la idea naturalizada de que en Villaguay no había
indígenas. Esa persona fue Rosa Albariño. Su obra poética –publicó su libro de
poesía con citas históricas “América llama”, en 1996; que presentó en diversos
ámbitos académicos y literarios del país-, y como artista pirograbadora
–plasmaba escenas de la vida indígena antigua en mates de diferentes tamaños, que
fueron expuestos en muchos espacios artísticos de renombre-; fue esencial en el
proceso de revitalización de la identidad nativa –y el cuestionamiento a las
ideas colonialistas naturalizadas, que ello implica-. También fue importante su
activismo como ecologista y su desempeño
docente (en la escuela en que trabajaba, propuso, coordinó y participó junto a
compañeros y amistades, la representación de Taki Ongoy, la obra de Víctor
Heredia). En realidad ella aprovechaba cualquier espacio en que se desenvolviese
–que eran muchos-, para expresar sus ideas al respecto del tema; cualquier
relación que pudiera hacer con los pueblos originarios, la exponía – ¡cuántas
veces se sintió sola e incomprendida en esas ocasiones!-. Hacia la segunda
mitad de la década de 1990, Rosita se asumía plenamente como charrúa –no
investigadora o artista indigenista, ni descendiente; charrúa-. En todas sus
participaciones públicas –sociales, artísticas o políticas-, lo hacía desde esa
identidad.
La incansable labor de Rosita, comenzó a repercutir en la provincia. Primeramente,
en los ámbitos artísticos y ecologistas, y entre los interesados adeptos a la
temática indígena –que era en los que ella se desenvolvía y tenía muchas
relaciones (en Entre Ríos ella era precursora, pero en otros puntos del país,
ya tenía conexiones con pueblos y comunidades originarias en diversos estadios
en relación a la identidad propia)-. La
expansión hacia afuera de esos ámbitos –en la provincia-, empezó a vislumbrarse
entrado el presente siglo –XXI-.
Rosa, tenía la entusiasta idea de conformar legalmente una comunidad
charrúa –desde 1995, el INAI se comenzó con el registro de comunidades y el
otorgamiento de personería jurídica-; y en eso puso su empeño. Con la hipótesis
de la dispersión a la que debió someterse el pueblo charrúa –por las
circunstancias antes descriptas-; pensó que la comunidad no debía restringirse
a un espacio físico específico, sino que podía incluir a quienes se asumiesen
charrúas sin límites geográficos. Y en esa
empresa, se abocó a promover
encuentros.
Encuentros y comunidades. Entrando al
nuevo siglo.
Además de asistir a encuentros en que le fuera posible, del país y Abya
Yala; entrando el nuevo siglo, Rosa Albariño, siguió participando y organizando
diversos encuentros relacionados con la temática originaria en general, y
charrúa, especialmente, propiciando la conformación legal de una comunidad.
Varios de quienes conformamos la Comunidad/Escuela Popular Charrúa
Etriek, desde mediados de la década de 1990 hasta 2003, tuvimos un vínculo
cercano con Rosita –a veces muy estrecho, a veces no tanto, según el
emprendimiento que nos encontrase-. En
2003 hubo un distanciamiento pero igual seguimos en contacto.
Entre algunos de los encuentros y jornadas sobre la temática pueblos
originarios compartidos –la organización, las gestiones o la participación y el
momento- están: Encuentro Charrúa/Mapuche (agosto 2001), con la presencia del
grupo Ahijuna, de la R.O.U., y el por aquel entonces werken mapuche Ignacio Pvrafil;
la presentación del grupo Bascuadé Inchalá (Mónica Michelena, Alejandro Vargas
y Guidaí Vargas), de la R.O.U., en la Expo Feria Villaguay del libro (octubre
2001); en el 2002 estuvimos en el Fogón de Vigilia (11 de octubre), en Maciá,
donde previamente Rosa presentó su libro “América llama”, y se realizó una
asamblea en lo que fue el primer intento de conformación formal de una
comunidad (no hubo acuerdos aquella vez); en 2003 concurrimos al Seminario
sobre derechos comunitarios indígenas, en la Facultad de Derecho de la UBA,
ocasión en que tuvimos algunas diferencias que nos llevó al distanciamiento.
En 2004 tomamos la decisión de centrar nuestras acciones en el territorio
puntual en que vivimos –y nuestras familias desde al menos el s.XIX (entre el
arroyo y el centro de la ciudad,
bastante demarcado con particularidades específicas)-; y nace la Escuela
Popular Charrúa Etriek, y en torno a sus acciones se va conformando su
comunidad, reconstituyendo una antigua comunidad prácticamente desmembrada como
tal. Como comunidad, nos ha costado lidiar con las pautas o requerimientos del
Registro Nacional de Comunidades Indígenas –RENACI-, (o con las contradicciones
que se nos plantean); por lo que a 2021, no hemos iniciado formalmente nuestro
registro en el INAI –aunque el organismo sí nos reconoce como comunidad charrúa,
y tenemos la expectativa de la formalización legal algún día-.
Como se expresó anteriormente, en el nuevo siglo, la impronta de Rosa comenzó
a repercutir fuertemente en la provincia. En lo referente a la conformación de
comunidades charrúas, en 2007 la Comunidad
Pueblo Jaguar –su comunidad-, obtiene su personería jurídica; en 2009 hace lo
propio la Comunidad Hue Guidaí Berá, de Maciá; y en 2013, la Comunidad Naybú,
de Federal. Paralelamente se fueron constituyendo también muchas comunidades
que no han formalizado su inscripción en el RENACI. Al 2016 eran más de
cuarenta comunidades; muchas, promovida su constitución por quien fue muchos años
representante charrúa en el Consejo de Participación Indígena (CPI), del INAI,
Roberto Sandoval –fallecido en 2018-.
Procesos particulares complejos
El auto reconocimiento como integrante de un pueblo originario, asumir
plenamente tal identidad como propia; no es algo sencillo cuando en quinientos
años de colonización cultural –muy vigente aun-, se ha inculcado que lo
indígena es portador de todo lo que está mal, que sus rasgos –tanto culturales
como fenotípicos-, son incorrectos, inapropiados, feos, malos, etc., etc., etc.
. Esta situación –junto a otras específicas de cada contexto-, hace que las
realidades hacia el interior de las comunidades sean muy diversas; muy
diferentes sus procesos colectivos, como particulares entre quienes las
integran.
Organizaciones
Con el resurgimiento de comunidades, surgieron organizaciones que las
agrupaban. Algunas son: la Coordinadora de
Comunidades Charrúas de Entre Ríos (CODECHA), y la Organización Pueblo Nación
Charrúa; en Entre Ríos. En Uruguay: Consejo
de la Nación Charrúa (CONACHA), y la Unión de Mujeres del
Pueblo Charrúa (UMPCHA), la que integran
también mujeres entrerrianas-.
Tanto promovidas desde las organizaciones, como por los
representantes ante el CPI, o desde el
propio INAI u otros organismos estatales, y por iniciativa de las propias
comunidades; hasta al menos 2016, se llevaron a cabo muchos encuentros en
diversos puntos de la provincia, con diferentes finalidades y diversos grados
de participación –en muchos, con la participación de hermanxs (inchala), del
Uruguay-.
También se
integran organizaciones que agrupan pueblos y organizaciones del país (como por
ejemplo: Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos
Originarios –ENOTPO- o la Coordinadora Audiovisual Indígena
de Argentina –CAIA-; recientemente, finalizando la segunda década del s.XXI, la
Mesa de Articulación Territorial Indígenas en Argentina MATRIA; entre otras).
Otros acontecimientos
· Fogones: la experiencia nos la contó
en 2001 Miguel Pereyra, del Grupo Ahijuna, del Uruguay, donde venían realizando
cada 11 de octubre, ‘Fogones de Vigilia, en el último día de libertad del
continente’.
En 2002,
fuimos a Maciá, al primero en el que participamos. Desde el 2003, lo empezamos
a organizar en Villaguay. El primero fue en el Balneario Municipal –estuvo
Miguel Pereyra-, y desde 2004, en el lugar que está la Escuela Popular Charrúa
Etriek –en esta ocasión, estuvo Rosa Albariño-.
Luego que en
2010, se cambia oficialmente la conmemoración del “Día de la raza”, por el “Día
del respeto a la diversidad cultural”; decidimos cambiar el nombre del fogón, quedando
conformado a la actualidad como “Fogón por la Memoria, Verdad, Territorio e
Identidad de los Pueblos Originarios de Abya Yala”. También, al no ser ya “Fogón de Vigilia”, hemos decidido ser flexibles con la fecha
exacta de realización, a los fines de permitir una mayor concurrencia,
especialmente de integrantes de la comunidad que han debido emigrar por
diferentes motivos; así es que se lleva a cabo el domingo previo al lunes al
que se traslada el feriado del 12 de octubre.
Con diferente
grado de continuidad, y diversos nombres y modos de organización, se realizan
fogones en varios lugares de la provincia.
· Museo Tierra de Minuanes: nace a los
fines de poner a disposición del público, los objetos recolectados durante
mucho tiempo por Marcelo Lugrin, en el departamento Villaguay, sobre la cuenca
del río Gualeguay. En 2006, se lleva a cabo una investigación sobre ese
material, a cargo del Museo Provincial Antonio Serrano, dirigida por Carlos
Ceruti. En 2008 se crea el museo, ubicado en Caseros 450, de Villaguay.
· Considerando la asunción mayoritaria de
la idea de la extinción total del pueblo charrúa, cobra relevancia la
visibilidad nacional que brindó el grupo
Los Jaguares del Monte (Marina Varela y Gustavo Adolfo Braun, de Maciá; y,
Siomara Frontera y Mirta Susana Martinez, de Villa Clara), con su participación
en 2007, en el Festival de Folklore Nacional de Cosquín, junto a Víctor
Heredia; en la presentación de Taki Ongoy. En 2012, se volvió a presentar el
espectáculo en Buenos Aires (sumándose Nazareno Presentado, de Maciá). En la
ocasión interpretaron la canción “Charrúa somos”, compuesta en la lengua
originaria.
· A través del programa Identidad Entrerriana, los años 2006/07, la
comunidad Pueblo Jaguar, accede a la financiación para la publicación del libro
“Entre Ríos, la isla charrúa” el cual presentan en la Sociedad Española de
Socorros Mutuos. El proyecto contemplaba en una segunda etapa, la concreción de
un Parque Temático de Pueblos Originarios en la Reserva Natural “La Chinita”,
que lo llegó a consumarse.
· Grupo Charrúa Etriek: desde el inicio
de las actividades de la Escuela Popular “Charrúa Etriek”, se conformó un grupo
de canto comunitario integrado mayoritariamente por niños y niñas. El grupo
interpretaba temas del cancionero popular. En el año 2008, a partir de la
composición en lengua charrúa, de la canción dedicada al fuego (en ocasión del
fogón de vigilia), “Bascuadé”, se incorporan más personas adultas y se incrementa
el repertorio en la lengua originaria. Hacia el 2010, las canciones
interpretadas eran exclusivamente en charrúa, y tiempo más tarde, la
instrumentación ya no incluía a la guitarra, sino solo instrumentos de
construcción propia: arco, sonajas de espinillo, raspadores, tambores –de
tronco ahuecado y parche de cuero-, y chauchas.
El grupo Charrúa Etriek,
no tiene conformación fija, es un grupo comunitario abierto que se constituye
según la ocasión. Canciones de su repertorio también es interpretado por otras
agrupaciones musicales de la comunidad, como así el grupo interpreta temas esos
grupos.
Avances institucionales en la
provincia
Así como en lo referido a la conformación de comunidades y en la
participación en acciones con otros pueblos del país y de Abya Yala –favorecido
por su lugar en el CPI-, Roberto Sandoval, tomó, de algún modo, la posta de
Rosita; hubo otra persona que la acompañó mucho especialmente en las cuestiones
legales, sea por temas de las comunidades, o, especialmente, en demandas de
cumplimientos de derechos hacia el estado provincial. Esa persona es Marina Varela, de Maciá.
Marina estuvo codo a codo con Rosa en la visibilidad de la existencia del
pueblo charrúa en la provincia, para a partir de allí, plantear sus exigencias.
Reflejos de esa lucha se vieron plasmados en 2005, con la promulgación de
la ley provincial N° 9.653, cuyos artículos establecen adhesión
del Gobierno de la
Provincia de Entre Ríos a la Ley Nacional Nº 23.302 sobre “Política Indígena,
protección y apoyo a las Comunidades Aborígenes”, y faculta al Poder Ejecutivo
Provincial a designar un representante para integrar el Consejo de Coordinación
del Instituto de Asuntos Indígenas.
En 2008 –lo que Rosita no llegó a ver, pues falleció en 2007-, la nueva
Constitución de la Provincia de Entre Ríos, en su “ARTÍCULO 33 La Provincia
reconoce la preexistencia étnica y cultural de sus pueblos originarios. Asegura
el respeto a su identidad, la recuperación y conservación de su patrimonio y
herencia cultural, la personería de sus comunidades y la propiedad comunitaria
inmediata de la tierra que tradicionalmente ocupan. La ley dispondrá la entrega
de otras, aptas y suficientes para su desarrollo humano, que serán adjudicadas
como reparación histórica en forma gratuita. (…)”.
También 2008 se sanciona la Ley Provincial de Educación de
Entre Ríos, Nº 9890; en su capítulo referido a la EDUCACIÓN INTERCULTURAL
BILINGÜE establece:
ARTÍCULO 90º.- … garantiza el derecho constitucional de los
pueblos originarios, a recibir una
educación que contribuya a preservar y
fortalecer sus pautas culturales, su lengua, su cosmovisión y su identidad étnica.-
ARTÍCULO 91º.- (…)
a) Crear mecanismos de participación
de los representantes de los pueblos originarios en los órganos responsables de definir y evaluar las
estrategias de la educación intercultural bilingüe.
b) Promover la construcción de modelos y prácticas educativas propias de
los pueblos originarios que incluyan sus
valores, conocimientos, lengua y otros rasgos sociales y culturales.
c) Promover la investigación sobre la realidad
socio-cultural y lingüística de los pueblos
originarios que permita el diseño de propuestas curriculares.
A su vez, los diseños curriculares provinciales,
en su apartado La Transversalidad en la
propuesta curricular, expresa: “La propuesta de transversalizar algunas
problemáticas que afectan y preocupan a la sociedad, ofrece en este momento de
Re-significación de la escuela secundaria la posibilidad y desafío de ser
asumidas desde todas las dimensiones del curriculum, entre ellas:
.
Los Pueblos Originarios: incorporar en este nivel,
contenidos y metodologías pedagógicas a los efectos de garantizar el respeto por la multiculturalidad y el
conocimiento de las culturas originarias, que permita a los/as alumnos/as
valorar y comprender la diversidad
cultural como atributo positivo de nuestra sociedad, según corresponda a
cada espacio curricular o de manera transversal, para lograr:
-
Generar instancias pedagógicas, para combatir
los prejuicios que condujeron y conducen a la discriminación racial de
este componente étnico y para promover
la comprensión, la tolerancia y la amistad.
-
Producir espacios superadores de la violencia simbólica y que la dignidad y
diversidad de las culturas, tradiciones e historias queden debidamente
reflejadas en la educación pública.
-
Sostenemos la capacidad de la escuela
para aportar un sentido posible a la vida de los sujetos que la transitan,
habitan, atraviesan y esto se da en el currículum, a través del currículum, con
el currículum.
-
Por esta razón, el currículum debiera
constituirse en el organizador y facilitador institucional, que construido
colectivamente, toma cuerpo en el entramado de opiniones, marcos teóricos y
decisiones político-ideológicas de los actores involucrados, incluye
dimensiones y etapas que dan sentido a la totalidad del trabajo educativo, para
lo cual, la producción es vital.”
En 2014 a través de la Ley provincial
Nº 1.302, se estableció el Día de la Mujer Originaria Entrerriana, en
conmemoración a Rosa Albariño, en la fecha de su fallecimiento. La iniciativa
fue de un grupo de estudiantes de la escuela Secundaria Nº 4 Entrerriana de
Villa San Marcial (Departamento Uruguay) que presentaron en 2012 el proyecto de
ley en el Senado Juvenil. De dicho grupo formaba parte Wilson Leiva, hermano de
Delfina Villalba –también alumna de la escuela-, hija de Victoria Villalba, de
la Comunidad Charrúa “Pueblo Jaguar”. Fueron asesoras del proyecto las docentes
Yanina Verbaurwede y Maricel Claret.
En 2016, Entre Ríos adhirió
mediante la ley provincial 10.420 a la ley nacional 25.517 reglamentada en el
año 2010 con el decreto 701, que da potestad al INAI para realizar las
restituciones de los pueblos originarios, de sus ancestros a sus comunidades. Los
primeros municipios en adherir a la ley provincial –en el año 2020-, son
Villaguay, Concepción del Uruguay y Gualeguaychú.
La Ley 10.730, del 24 de Septiembre de 2019, declara el día 3 de septiembre de cada año como "Día del
Pueblo Charrúa Entrerriano" conmemorando el fallecimiento del Indio Floro,
último hablante del idioma charrúa como lengua materna –propuesta promovida
desde la Escuela Popular Charrúa Etriek, presentada por el senador del
Departamento Villaguay de ese momento, Mario Torres-.
Más allá de que a la actualidad, los
enunciados legales han sido casi meramente declarativos –pues lejos se está que
se haga realidad su plena implementación concreta-; institucionalmente son
avances importantes, desde los cuales basarse para la lucha en la exigencia de
su cumplimiento.
Incidencias
en el ámbito educativo de la provincia
Los programas del Consejo General
de Educación de Ferias de Ciencia, Jóvenes por la Memoria, y el Senado Juvenil,
han sido instancias propicias para el desarrollo de investigaciones en el
ámbito educativo de temas relacionados a los pueblos originarios autóctonos. Un
ejemplo es el proyecto que luego se transformó en la ley que estableció el Día
de la Mujer Originaria entrerriana. También, la Escuela Secundaria N° 16 de Pueblo Cazés, ha
presentado reiteradas veces la moción por que se declare de interés legislativo
el Fogón de la Comunidad / Escuela Popular Charrúa Etriek; pero realmente son
muchas las propuestas relacionadas a los pueblos ancestrales de la provincia
–especialmente en las ferias de ciencia-.
En 2014,
jóvenes de la comunidad Charrúa Etriek, participaron del Programa Jóvenes por
la Memoria, presentando una investigación sobre ‘Contradicciones
docentes en torno a la Diversidad cultural e Interculturalidad’, en la que
expusieron las situaciones de discriminación que se dan en las escuelas, aun
sosteniendo el discurso del respeto a la diversidad cultural.
En 2015, se crea en la Escuela
Popular Charrúa Etriek, un aula anexo del secundario semi presencial para
adultxs, dependiente del Centro Comunitario N° 24. El alumnado, perteneciente a
la comunidad, participó en dos ocasiones de la Feria de Ciencia, llegando a la
instancia nacional en ambas (Misiones 2015, Córdoba 2016), con investigaciones
sobre el devenir de nuestro pueblo - charrúa -, y la comunidad -Charrúa
Etriek-.
En 2016 se crea en la provincia el CONSEJO DE
EDUCACIÓN AUTÓNOMO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS (CEAPI), que entre sus lineamientos
se propone “acompañar el proceso de creación de materiales didácticos
interculturales y bilingües surgidos en el marco de experiencia de articulación
entre escuelas y comunidades para favorecer los procesos de enseñanza y
aprendizaje en contexto de diversidad cultural, juegos interactivos,
bibliografía, recursos tecnológicos educativos”.
En el año 2019, La Universidad
Autónoma de Entre Ríos (UADER), por Resolución CS N°009-19, implementó el Programa Interculturalidad y Pueblos
Originarios. Iniciativa promovida a través de la Secretaría de Integración
y Cooperación con la Comunidad y el Territorio; en conjunto con organizaciones
del Pueblo-Nación Charrúa, y “se propone desarrollar acciones que garanticen
los derechos de los pueblos, la valorización de su cultura y la descolonización
de la producción académica y
educativa.”
Argentina nuevo siglo
Convenio 169
El 3 de julio de 2000, el Estado argentino ratifica en Ginebra la
aprobación por ley 24.071, del convenio 169 de la Organización Internacional
del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. Es el
primer instrumento en el orden internacional que reconoce a los pueblos
indígenas como sujetos de derechos colectivos. El criterio para definir la
pertenencia es la auto identificación. Entre los principales derechos que
regula se encuentran la organización, las tierras comunitarias, los recursos
naturales y la consulta y participación de los pueblos en los temas que los
afecten.
Restitución de restos mortales.
Se establece por ley 25.517 (2001), la obligación de poner a disposición
de los pueblos indígenas los restos mortales de aborígenes que formen parte de
museos y/o colecciones públicas o privadas, cuando son reclamados por sus
comunidades de pertenencia.
Consejo de Participación Indígena
(CPI).
Se crea por medio de la resolución INAI 152/2004, a pedido de las
comunidades y a fin de garantizar la consulta y la participación de los pueblos
indígenas. Se deja establecido que el consejo será integrado por representantes
de los pueblos que habitan en cada provincia, elegidos por las autoridades
comunitarias respetando sus pautas organizativas y culturales.
El CPI es la herramienta que el Estado nacional ha diseñado junto a los pueblos
indígenas para fortalecer el diálogo entre el Estado y los representantes
indígenas sin intermediarios.
Censos
En los 2004/05, se lleva a cabo la Encuesta Complementaria de Pueblos
Indígenas (ECPI), Complementaria del Censo Nacional de Población, Hogares
y Viviendas 2001; según
la cual en el país hay 600.329 personas que se reconocen pertenecientes y/o
descendientes en primera generación de pueblos indígenas, de los cuales 507, se reconocen charrúas, y 169, solo descendientes de charrúas.
Del Censo 2010, resulta que 13.153 personas se consideran integrantes o
descendientes de pueblos originarios en Entre Ríos. De este censo hubo personas de nuestra
comunidad que acompañaron a algunas censistas y vimos al menos dos cuestiones:
en su momento, la expresión “Pueblos Originarios”, no estaba muy extendida –aun
no lo está en muchos sectores-; por lo que muchas personas no sabían a qué se
hacía referencia con la pregunta de si era perteneciente a algún pueblo
originario (en el caso de nuestra comunidad, se aclaraba cuando se manifestaba
el desconocimiento –quizá si se hubiera utilizado indígena hubiera habido otro
resultado-); y también nos enteramos que en muchas casas, directamente no se
hizo la parte de la encuesta relacionada a pueblos originarios y
afrodescendientes.
Ante estas situaciones irregulares, varias organizaciones de pueblos
originarios platearon alternativas para lograr un muestreo más fiel en el
próximo censo –que debía llevarse a cabo en 2020 y no se pudo por la pandemia-.
Entre ellas, el modo del cuestionario y la situación de las lenguas
originarias.
Tierras comunitarias
La Ley nacional 26160 de 2006,
buscó dar
respuesta a la situación de emergencia territorial de las Comunidades Indígenas
acorde al Artículo 75, Inciso 17, de la Constitución Nacional y
dando cumplimiento parcial al Artículo 14 inc. 2 del Convenio 169 de la OIT.
En 2007 se crea el Programa Nacional Relevamiento Territorial de
Comunidades Indígenas, para hacer efectivo el relevamiento
técnico-jurídico-catastral ordenado por la ley 26.160. El programa es ejecutado
por el INAI junto con las provincias, con participación del Consejo de
Participación Indígena y las comunidades; realiza la demarcación de las tierras
que las comunidades ocupan en forma actual, tradicional y pública, generando las
condiciones apropiadas para instrumentar el reconocimiento constitucional de la
posesión y propiedad comunitaria.
En 2009 se
prorroga la ley 26260, mediante la Ley 26.554; en el 2013 a través de la Ley
26.894, y en el 2017 mediante la Ley 27.400, por la cual se extiende su
vigencia hasta noviembre de 2021.
Educación Intercultural Bilingüe
(EIB).
Se instituye por Ley No °26.206 de Educación Nacional, en la que se
establece como una modalidad de enseñanza, a fin de garantizar en todos los
niveles del sistema educativo el cumplimiento de los derechos constitucionales
a recibir una educación de calidad que respete y contribuya a la preservación
de las pautas culturales, lingüísticas, de cosmovisión e identidad étnica de
los pueblos indígenas.
Derecho a la comunicación con
identidad.
La Ley No 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (2010),
establece las condiciones para la promoción de la identidad y de los valores
culturales de los pueblos indígenas.
Registro Nacional de Organizaciones
de Pueblos Indígenas (Renopi).
Se crea por resolución INAI 328/2010 en el ámbito del Instituto Nacional
de Asuntos Indígenas, para la inscripción de las organizaciones que así lo
soliciten.
Nuevo Código Civil y Comercial de la
Nación.
A través del artículo 18 se reconoce a las comunidades indígenas el
derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que
tradicionalmente ocupan y de aquellas otras aptas y suficientes para el desarrollo
humano.
Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblos
Indígenas.
Se crea en 2016 con los mismos fines y fundamentos que el CPI. (¿?)
También se han creado en los
diferentes ministerios; secretarias, direcciones y coordinaciones abocadas
específicamente a los pueblos originarios; desde los se han implementado
programas de atención a sus diversas problemáticas, demandas e intereses
(becas, viviendas, programas sociales, etc.).
Perspectivas
Con acuerdos y desacuerdos, conflictos, diferencias, avances y
retrocesos; son las organizaciones indígenas quienes afrontan la máxima
responsabilidad en la persistencia de
luchas y demandas, sea por territorio, y respeto y afianzamiento de las culturas
originarias, la defensa a la naturaleza, y el cumplimiento de todos los
derechos enunciados en tratados y leyes de diferentes ámbitos –estatales y
supra estatales-.
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